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38. Cierre de la instrucción del procedimiento.

Los árbitros declararán el cierre de la instrucción cuando consideren que las partes han tenido oportunidad suficiente para hacer valer sus derechos. Después de esa fecha no podrá presentarse ningún escrito, alegación o prueba, salvo que los árbitros, en razón de...

37. Árbitro de Emergencia

1. Con anterioridad de la constitución del tribunal arbitral cualquiera de las partes podrá solicitar el nombramiento de un Árbitro de Emergencia para que acuerde medidas cautelares o de anticipación o aseguramiento de prueba urgentes (“Medidas Urgentes”). El...

36. Medidas cautelares y provisionales

Salvo acuerdo en contrario de las partes, los árbitros podrán, a instancia de cualquiera de ellas, adoptar las medidas cautelares o provisionales que estimen necesarias, ponderando las circunstancias del caso y, en particular, la apariencia de buen derecho, el riesgo...

35. Rebeldía

Si la demandante no presentara la demanda en plazo sin invocar causa suficiente, se darán por concluidas las actuaciones.Si la demandada no presentara la contestación en plazo sin invocar causa suficiente, se ordenará la prosecución de las actuaciones.Si una de las...