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ANEXO II: ÁRBITRO DE EMERGENCIA

1. Árbitro de EmergenciaCon anterioridad de la constitución del tribunal arbitral, cualquiera de las partes podrá solicitar el nombramiento de un Árbitro de Emergencia para que acuerde medidas cautelares o de anticipación o aseguramiento de prueba urgentes (“Medidas...

39. Plazo para dictar el laudo

Si las partes no hubieran dispuesto otra cosa, los árbitros resolverán sobre las peticiones formuladas dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la contestación a la demanda o a la expiración del plazo para presentarla, o en su caso, a la contestación a...

Disposición final

La sumisión a la Corte de arbitrajes que tengan carácter internacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 60/2003 de Arbitraje o norma que la sustituya, que deriven de convenios arbitrales suscritos a partir del día 1 de enero de 2020 (“Fecha de...

Disposición transitoria Única

Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de este Reglamento, continuarán rigiéndose hasta su total finalización por el Reglamento anterior, a excepción de lo establecido en el artículo 43, que será de aplicación a todos los arbitrajes desde la entrada...

Disposición adicional segunda

La derogación o cualquier modificación del presente Reglamento, deberá ser aprobada por el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, por mayoría simple.